Camionetas10

HISTORIA

Somos una empresa colombiana joven, comprometida con brindar un excelente servicio, enmarcado en el respeto y seguridad de nuestros clientes, usuarios, empleados y afiliados, debidamente habilitada para la prestación del servicio de transporte especial de pasajeros a nivel nacional, mediante resolución 20214250030065 e inscrita en el Registro Nacional de turismo bajo el nùmero 132127.
Duster1

MISIÓN

Acompañar a nuestros usuarios a recorrer distancias y disfrutar sus viajes, ya sea por trabajo, estudio, turismo o salud, ofreciendo un servicio amable, cómodo, seguro y oportuno.
Camionetas12_opt

VISIÓN

Ser en el 2030 una empresa de transporte especial, con amplia participación en el mercado, reconocida por su calidad, excelente servicio, cumplimiento de la normatividad, así como de las necesidades y expectativas de nuestros clientes y partes interesadas, apoyada en innovación y un equipo humano altamente capacitado y motivado, asegurando la mejora continua de los procesos y la rentabilidad de nuestros asociados.

Nuestros valores

Políticas

En TRANSTURISMO ROCA S.A.S. prestamos servicios de transporte especial, con enfoque en calidad, seguridad, oportunidad y cumplimiento, garantizando el bienestar y la confianza de nuestros usuarios, colaboradores y partes interesadas.

Nos comprometemos a:

  • Cumplir los requisitos legales, reglamentarios y de nuestros clientes.
  • Asegurar procesos eficientes, seguros y confiables en todas nuestras operaciones.
  • Promover la satisfacción del cliente mediante servicios oportunos y de alta calidad.
  • Fortalecer la competencia del personal y la cultura organizacional orientada al servicio.
  • Mejorar continuamente nuestro Sistema de Gestión de la Calidad para aumentar el desempeño y la eficacia de los procesos.

La alta dirección de TRANSTURISMO ROCA S.A.S.  se compromete a destinar los recursos humanos, físicos, técnicos y financieros necesarios para el diseño, implementación, verificación y mejora continua del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, estableciendo acciones encaminadas a prevenir, accidentes y enfermedades laborales y  la protección  de sus colaboradores directos, temporales, contratistas, y/o partes interesadas, tomando como línea base la norma internacional ISO 45001:2018 y el cumplimiento de la normatividad legal vigente.

A través de la identificación de peligros, la valoración de los riesgos y del establecimiento de controles, TRANSTURISMO ROCA S.A.S se compromete a reducir los riesgos de la seguridad y salud en el trabajo y la seguridad vial, manteniendo la consulta y participación de la política a las partes interesadas del SG-SST.

Se establecen el siguiente marco de referencia para el cumplimiento de los objetivos:

  • Cumplir la normativa nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales y demás temas relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
  • Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles del SG-SST-
  • Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del SG-SST
  • Cumplir con el plan de trabajo establecido durante el año.
  • Cumplir con los planes de acción identificados en las investigaciones de incidentes y accidentes de trabajo o transito durante el año en curso.

TRANSTURISMO ROCA S.A.S., es una empresa dedicada al transporte especial de pasajeros a nivel nacional, debidamente habilitada por el Ministerio de Transporte e inscrita ante el Registro Nacional de Turismo. Está comprometida con brindar un excelente servicio, enmarcada en la satisfacción y protección de sus clientes, usuarios y afiliados.

Como parte de su estrategia de prevención de riesgos laborales, la empresa adopta esta política dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, promoviendo la identificación, evaluación y control de condiciones que puedan generar incidentes y accidentes viales. Así mismo, fomenta el respeto por todos los actores viales y la reducción de los riesgos asociados al comportamiento en la vía.

La alta dirección se compromete a cumplir la normatividad legal vigente, y a garantizar los recursos necesarios para la planificación, implementación, seguimiento y mejora continua del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV).

Esta política aplica a todo el personal directo, contratistas, subcontratistas y demás vinculados mediante afiliación o convenio, sin distinción de su rol o función, quienes deberán cumplir las normas legales y las directrices internas de seguridad vial, tanto en sus desplazamientos laborales como en trayectos in itinere.

Con el fin de prevenir el riesgo vial, TRANSTURISMO ROCA S.A.S. se compromete a:

Gestión del riesgo vial:

Comportamiento seguro en la vía:

Condiciones del vehículo y conducción:

Otras disposiciones:

POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO LA/FT/FP

Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

 

1.    DECLARACIÓN DE POLÍTICA

TRANSTURISMO ROCA S.A.S. declara su compromiso con la prevención, detección, análisis, gestión y reporte oportuno de situaciones y operaciones que puedan estar relacionadas con LA/FT/FP, y con evitar que la empresa, sus servicios, recursos, vehículos, instalaciones, canales, relaciones comerciales o procesos sean utilizados para facilitar actividades ilícitas.

La Política se adopta considerando la naturaleza, tamaño, modelo de negocio, operación y exposición al riesgo de la empresa, incluyendo la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor especial de pasajeros en las modalidades y servicios efectivamente autorizados y prestados.

Esta Política es una regla de conducta obligatoria y se articula con el Manual de Procedimientos SARLAFT, el Código de Ética y Conducta, la Matriz de Riesgos y los demás documentos y evidencias del sistema.

2.    ALCANCE

Es obligatoria para los órganos de administración y control, Oficial de Cumplimiento, empleados, colaboradores y demás personas que actúen en nombre o representación de la empresa, según sus funciones.

Orienta además la gestión de clientes, proveedores, contratistas, aliados, propietarios y/o tenedores de vehículos, conductores y demás contrapartes relevantes.

Los usuarios finales del servicio público de transporte de pasajeros no serán tratados como clientes para el procedimiento obligatorio de conocimiento de contraparte cuando la regulación aplicable establezca dicha diferenciación; podrán aplicarse medidas de debida diligencia cuando el análisis de riesgo lo justifique.

3.    MARCO NORMATIVO

La Política se aplica conforme al Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte de la Superintendencia de Transporte y sus modificaciones, incluidas las Resoluciones 2328 de 2025, 16615 de 2025 y 4607 de 2026, así como las circulares, instrucciones y requerimientos vigentes de la Superintendencia de Transporte y la UIAF.

También se observarán las disposiciones legales aplicables sobre prevención y gestión de riesgos LA/FT/FP, protección de datos personales, conservación y reserva de información y demás materias relacionadas. Ante cambios normativos, prevalecerá la regulación vigente y se actualizará esta Política.

4.    PRINCIPIOS RECTORES

  • Legalidad y cumplimiento: todas las actuaciones observarán la ley, la regulación sectorial, las instrucciones de las autoridades y las normas internas aplicables.
  • Enfoque basado en riesgos: la intensidad de las medidas de prevención, control y monitoreo será proporcional al nivel de exposición, bajo el principio de mayor riesgo, mayor control.
  • Integridad y transparencia: las decisiones y actuaciones deberán ser íntegras, verificables y trazables.
  • Debida diligencia: la empresa conocerá y verificará a sus contrapartes y beneficiarios finales en los términos aplicables.
  • Independencia y acceso: el Oficial de Cumplimiento contará con independencia funcional y acceso oportuno a la información necesaria.
  • Confidencialidad y reserva: la información, análisis, alertas y reportes SARLAFT serán manejados con estricta reserva.
  • No utilización ilícita: no se permitirá utilizar la empresa, sus servicios, vehículos, recursos o relaciones para facilitar actividades de LA/FT/FP.
  • Trazabilidad: las actuaciones, verificaciones, decisiones y controles deberán contar con evidencia suficiente, íntegra y recuperable.
  • Mejora continua: el SARLAFT será revisado y fortalecido de acuerdo con sus resultados, cambios regulatorios, cambios del negocio y evolución del riesgo.

 

5.    COMPROMISOS DE LA ORGANIZACIÓN

  • Mantener un SARLAFT ajustado a las actividades, características y exposición de TRANSTURISMO ROCA S.A.S.
  • Cumplir las disposiciones del marco regulatorio aplicable y las instrucciones de la Superintendencia de Transporte y la UIAF.
  • Desarrollar la gestión del riesgo mediante identificación, medición/evaluación, control y monitoreo.
  • Aplicar controles preventivos, detectivos y correctivos proporcionales al riesgo y evaluar su efectividad.
  • Conocer a las contrapartes y beneficiarios finales y aplicar debida diligencia e intensificada cuando corresponda.
  • Mantener mecanismos de consulta de listas vinculantes y fuentes complementarias de información, diferenciando su naturaleza jurídica.
  • Promover la identificación y comunicación de señales de alerta, operaciones inusuales e intentadas y situaciones de riesgo.
  • Efectuar oportunamente los reportes que correspondan a la UIAF y atender requerimientos de las autoridades.
  • Asignar recursos humanos, técnicos, tecnológicos, financieros y logísticos suficientes para el funcionamiento eficaz del SARLAFT.
  • Fortalecer la cultura de prevención mediante capacitación, sensibilización, comunicación y liderazgo.
  • Proteger la confidencialidad de la información y evitar la revelación indebida de análisis o reportes.
  • Conservar las evidencias del SARLAFT con integridad, seguridad, disponibilidad y trazabilidad durante los términos legalmente aplicables.
  • Actualizar la Política y el SARLAFT cuando cambien la regulación, el negocio, los procesos, la tecnología, las zonas de operación o el perfil de riesgo.

 

6.    GOBIERNO Y RESPONSABILIDADES

7.1 Junta Directiva

  • Aprobar esta Política, el Manual de Procedimientos SARLAFT, el Código de Ética y Conducta y sus actualizaciones.
  • Designar al Oficial de Cumplimiento principal y suplente cuando corresponda y conocer sus informes.
  • Garantizar los recursos necesarios para el funcionamiento eficaz del SARLAFT.
  • Evaluar el funcionamiento del sistema y adoptar las decisiones que correspondan.

7.2 Representante Legal

  • Promover la implementación efectiva del SARLAFT y presentar al máximo órgano social los asuntos que requieran aprobación.
  • Brindar apoyo efectivo al Oficial de Cumplimiento y facilitar el acceso a información y recursos.
  • Coordinar la ejecución de planes de acción derivados de evaluaciones, hallazgos y oportunidades de mejora.

7.3 Oficial de Cumplimiento

  • Velar por la eficacia, eficiencia y efectividad del SARLAFT.
  • Diseñar, implementar, mantener y actualizar las metodologías y controles conforme a sus funciones regulatorias.
  • Coordinar la debida diligencia, debida diligencia intensificada, monitoreo, análisis de alertas y gestión de reportes.
  • Presentar oportunamente los reportes a la UIAF y demás reportes regulatorios que correspondan.
  • Promover capacitación y cultura de prevención y mantener estricta reserva de la información.

7.4 Revisor Fiscal

Ejercer las funciones que le correspondan conforme a la regulación aplicable, incluidos los deberes de reporte y comunicación a las autoridades cuando legalmente procedan.

7.5 Colaboradores y responsables de procesos

  • Cumplir esta Política, el Manual SARLAFT y los controles aplicables.
  • Suministrar información completa y oportuna.
  • Comunicar inmediatamente señales de alerta, inconsistencias, operaciones inusuales o situaciones que puedan representar riesgo.
  • Participar en capacitaciones y mantener la reserva de la información.

7.    MECANISMO DE GESTIÓN DEL RIESGO

La gestión del riesgo LA/FT/FP se desarrollará mediante las etapas de identificación, medición/evaluación, control y monitoreo, bajo enfoque basado en riesgos.

  • Identificación: factores, eventos, causas, consecuencias, escenarios de exposición y segmentos relevantes.
  • Medición y evaluación: nivel de riesgo inherente y, después de valorar controles, riesgo residual.
  • Control: diseño, implementación, documentación, prueba y ajuste de controles proporcionales al riesgo.
  • Monitoreo: seguimiento al riesgo residual, alertas, efectividad de controles, cambios en el perfil de riesgo y planes de acción.

La metodología detallada, variables de segmentación, criterios de medición, controles, responsables, frecuencias y evidencias se desarrollan en el Manual de Procedimientos SARLAFT y en la Matriz de Riesgos vigente.

8.    CONOCIMIENTO DE CONTRAPARTES Y DEBIDA DILIGENCIA

  • Aplicar identificación y verificación de contrapartes conforme a la regulación.
  • Identificar y verificar al beneficiario final cuando corresponda.
  • Aplicar debida diligencia continua y proporcional al riesgo.
  • Aplicar debida diligencia intensificada en los casos definidos por la regulación y la metodología interna, incluyendo PEP, jurisdicciones de mayor riesgo y otras situaciones que ameriten medidas reforzadas.
  • Cuando no sea posible aplicar las medidas exigibles de conocimiento o control, evaluar la no vinculación, suspensión o terminación de la relación, según corresponda y dejando evidencia de la decisión.

 

9.    LISTAS VINCULANTES Y FUENTES DE INFORMACIÓN

La empresa realizará las consultas exigidas sobre listas vinculantes y podrá utilizar fuentes complementarias para fortalecer la gestión del riesgo. Las fuentes complementarias no se equipararán automáticamente a listas jurídicamente vinculantes.

Las coincidencias serán sometidas al procedimiento de validación de identidad y homonimia antes de adoptar decisiones, salvo los casos en que la normativa imponga una actuación inmediata.

10. SEÑALES DE ALERTA, OPERACIONES INUSUALES Y REPORTES

  • Mantener mecanismos para identificar y gestionar señales de alerta relacionadas con contrapartes, operaciones, pagos, documentación, beneficiarios finales, listas y comportamiento.
  • La señal de alerta no implica por sí misma actividad ilícita; debe realizarse el análisis correspondiente.
  • Los colaboradores reportarán internamente de manera inmediata situaciones que puedan representar riesgo, sin exigir certeza sobre la existencia de un delito.
  • El Oficial de Cumplimiento analizará las situaciones y determinará si procede ROS u otro reporte conforme a sus funciones y la regulación.
  • Los reportes obligatorios a la UIAF se presentarán de manera oportuna, reservada y por los mecanismos establecidos.
  • Se mantendrá la confidencialidad de los análisis y reportes y se evitará su revelación indebida.

11. PROTECCIÓN DE DENUNCIANTES Y NO REPRESALIAS

  • La empresa promoverá canales confidenciales y seguros para comunicar señales de alerta, situaciones de riesgo, incumplimientos o hechos que puedan afectar el SARLAFT.
  • Se protegerá la identidad y la información del denunciante en los términos legalmente aplicables y de acuerdo con los principios de confidencialidad, reserva y protección de datos.
  • No se permitirán represalias, discriminación, hostigamiento, afectaciones laborales o contractuales injustificadas contra quien reporte de buena fe, participe en una revisión o suministre información relacionada con el SARLAFT.
  • La presentación de un reporte de buena fe no dará lugar a medidas adversas por el solo hecho de que, después del análisis correspondiente, la alerta no sea confirmada como una conducta ilícita.
  • Los hechos o conductas que puedan constituir represalias contra un denunciante deberán ser comunicados y gestionados mediante los canales internos definidos por la empresa, preservando la evidencia correspondiente.
  • La protección prevista en esta Política no ampara denuncias deliberadamente falsas, maliciosas o realizadas para causar daño, las cuales podrán dar lugar a las medidas que correspondan conforme a la ley, los contratos y las normas internas.

 

12. CULTURA, DIVULGACIÓN Y CAPACITACIÓN

  • Promover una cultura de prevención y gestión del riesgo LA/FT/FP en todos los niveles.
  • Desarrollar capacitación y sensibilización con la periodicidad exigida y contenidos acordes con las funciones y riesgos.
  • Incluir, según corresponda, conceptos, señales de alerta, responsabilidades, debida diligencia, canales de reporte, confidencialidad y consecuencias del incumplimiento.
  • Conservar evidencias de convocatoria, asistencia, contenidos y evaluaciones.

 

13. RECURSOS

La Junta Directiva y la Gerencia realizaràn la asignación de los recursos humanos, técnicos, tecnológicos, financieros y logísticos necesarios para que el SARLAFT opere de manera eficaz y proporcional al tamaño, naturaleza y nivel de riesgo de la empresa.

14. INFORMACIÓN, TECNOLOGÍA Y CONFIDENCIALIDAD

  • Disponer de medios tecnológicos proporcionales para apoyar identificación, consultas, monitoreo, gestión de alertas, conservación y trazabilidad.
  • Limitar el acceso a información SARLAFT a personas autorizadas y aplicar las medidas de seguridad y protección de datos correspondientes.
  • Conservar la información durante los términos establecidos por la legislación aplicable y las reglas internas de gestión documental, garantizando integridad, disponibilidad, seguridad y recuperación.

 

15. INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de esta Política, del Manual SARLAFT, del Código de Ética y Conducta o de los controles aplicables podrá dar lugar a medidas disciplinarias, contractuales o legales, de acuerdo con el Reglamento Interno de Trabajo, los contratos, las normas internas y la legislación aplicable. Las medidas se aplicarán respetando el debido proceso. Esta Política no establece una escala automática de sanciones.

16. SEGUIMIENTO Y MEJORA CONTINUA

  • Realizar seguimiento y evaluación periódica del SARLAFT y de la efectividad de sus controles.
  • Revisar esta Política al menos anualmente y cuando existan cambios relevantes en regulación, estructura, servicios, procesos, tecnología, zonas de operación, contrapartes o perfil de riesgo.
  • Someter las actualizaciones a las instancias de aprobación correspondientes y divulgarlas oportunamente.
  • Utilizar auditorías, hallazgos, requerimientos de autoridades, indicadores e incidentes como insumos para la mejora continua.

 

17. DISEÑO, APROBACIÓN, DIVULGACIÓN Y VIGENCIA

La Política ha sido diseñada y actualizada bajo la coordinación del Oficial de Cumplimiento, revisada y sometida a aprobación de la Junta Directiva y se encuentra vigente a partir del día seis (6) del mes de mayo de 2026.

TRANSTURISMO ROCA S.A.S. se compromete a garantizar un ambiente de trabajo digno, seguro y respetuoso, libre de cualquier forma de acoso, violencia o discriminación, promoviendo el respeto por la dignidad humana y la sana convivencia laboral.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley 1010 de 2006 y la Resolución 3461 de 2025, la empresa adopta medidas para prevenir, detectar y atender conductas de acoso laboral y acoso sexual que puedan presentarse en el entorno de trabajo.

Todos los trabajadores, contratistas y demás personas vinculadas a la organización tienen derecho a desempeñar sus actividades en un ambiente libre de hostigamiento, intimidación, violencia o conductas que afecten su integridad física, psicológica o moral.

La empresa rechaza cualquier forma de acoso laboral o acoso sexual, independientemente del cargo, jerarquía o vínculo de las personas involucradas, y promoverá acciones de prevención, sensibilización y capacitación que fortalezcan una cultura organizacional basada en el respeto, la igualdad y la convivencia.

El Comité de Convivencia Laboral actuará como instancia preventiva para la gestión de situaciones relacionadas con presunto acoso laboral, de acuerdo con la normatividad vigente.

De conformidad con la Resolución 3461 de 2025, las situaciones relacionadas con acoso sexual serán atendidas mediante los mecanismos internos definidos por la empresa, garantizando confidencialidad, protección de la presunta víctima y el debido proceso, sin ser competencia del Comité de Convivencia Laboral.

Cualquier conducta que pueda constituir acoso laboral o acoso sexual será objeto de investigación conforme a la legislación vigente y a los procedimientos internos de la empresa, aplicándose las medidas disciplinarias correspondientes cuando haya lugar.

TRANSTURISMO  ROCA S.A.S. Está comprometida en mantener y actualizar el plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con el fin de evitar que las actividades desarrolladas ocasionen amenazas a la salud de los trabajadores,  contratistas, clientes y/o partes interesadas, a través de instrumentos que permitirán obtener una organización eficiente y sólida con capacidad de respuesta, antes, durante y después de un suceso, que conlleve a que brigadistas y personal sean capaces de actuar oportunamente, promoviendo, y protegiendo la salud, la integridad de las personas dentro de las instalaciones y vehículos que presten sus servicios en nombre  de TRANSTURISMO ROCA S.A.S., la conservación del medio ambiente, la maquinaria y equipos, la infraestructura y la calidad del servicio. Igualmente, se brindarán las condiciones y recursos necesarios para que la implementación del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias se lleve a cabo con efectividad.

TRANSTURISMO ROCA S.A.S., En búsqueda de la excelencia y mantener los mejores estándares de seguridad se compromete a suministrar a cada trabajador, los elementos de protección personal acorde a los peligros identificados previamente en la matriz de peligros y riesgos según la GTC-45, de acuerdo con su actividad laboral, ajustados a las normas legales vigentes.

Velando siempre por el bienestar de los trabajadores y/o contratistas de la empresa, se realizarán capacitaciones sobre el uso correcto de los elementos de protección personal (EPP), cuidados que se le deberán tener; además de la verificación de su uso y mantenimiento adecuado de los equipos y elementos de protección personal e individual y la participación en las acciones preventivas adoptadas por la empresa.

El compromiso por parte de los colaboradores será realizar el diligenciamiento y firma, de entrega de equipos y elementos de protección personal e individual, usar en forma obligatoria los elementos de protección personal (EPP) asignados, teniendo en cuenta la seguridad y la salud de todos los colaboradores.

En TRANSTURISMO ROCA S.A.S, priorizamos el bienestar de nuestros colaboradores y reconocemos la importancia de mantener un equilibrio saludable entre el trabajo y la vida personal. En este sentido, establecemos la siguiente política de desconexión laboral, con el fin de fomentar entornos laborales productivos y saludables.

Fuera del horario laboral, durante los días de descanso obligatorio y las vacaciones, nos comprometemos a no solicitar ni impartir órdenes a los empleados relacionadas con su trabajo, a menos que surja una situación excepcional que afecte el funcionamiento adecuado de la empresa o la prestación del servicio. Además, respetaremos el tiempo libre de nuestros colaboradores, evitando interrumpirlo para atender correos electrónicos, mensajes de texto, WhatsApp u otros medios de comunicación, salvo que sea absolutamente necesario para garantizar la continuidad operativa.

De acuerdo con la legislación vigente, esta política no se aplica a los trabajadores que ocupan cargos de dirección, confianza o manejo, así como a aquellos que desempeñan funciones de conductor. Esto se debe a que su labor implica actividades discontinuas o intermitentes que deben ajustarse a las necesidades del servicio, requiriendo su disponibilidad de lunes a sábado para las asignaciones correspondientes. No obstante, en TRANSTURISMO ROCA S.A.S., nos comprometemos a garantizar el derecho a la desconexión laboral de estos trabajadores en los días acordados con la Gerencia como período de descanso.

Medidas para garantizar el derecho a la desconexión laboral:

  1. Se respetarán los horarios de trabajo previamente establecidos con cada funcionario y/o en la programación asignada al trabajador, así como las jornadas de descanso, vacaciones, licencias y/o permisos.
  2. Se prohíbe el envío de correos electrónicos, mensajes de texto, WhatsApp, llamadas telefónicas u otras comunicaciones laborales fuera del horario laboral, a menos que sea necesario por razones críticas y excepcionales. Aquellas solicitudes enviadas una vez finalizada la jornada de trabajo, se entenderán realizadas al inicio del día hábil inmediatamente siguiente.
  3. Se deben emplear herramientas de programación de correos electrónicos o mensajes para enviar comunicaciones durante las horas laborales y evitar que se envíen fuera de ese horario.
  4. Una vez finalizada la jornada laboral o iniciado el periodo de permiso, licencia y/o vacaciones, TRANSTURISMO ROCA S.A.S, no impartirá ordenes al colaborador a través de llamadas, mensajes, correos, etc., salvo que se trate de un hecho urgente, grave, de fuerza mayor o caso fortuito, en el cual se requiera de la atención por parte del trabajador con el fin de que el buen funcionamiento de la empresa no se vea afectado.
  5. Se evitará programar reuniones, sin importar cual sea su modalidad (presencial o video llamada) fuera de la jornada y horario de trabajo. Será obligación del trabajador próximo a acceder a sus vacaciones, licencias, permisos o cualquier otro periodo de tiempo de descanso, dejar sus actividades al día y entregar un informe con las labores que se encuentran pendientes por tramitar.
  6. Los trabajadores no estarán obligados al ingreso a los correos electrónicos corporativos durante sus días de descanso obligatorio, su periodo de vacaciones o licencias.
  7. En los casos en que por fuerza mayor sea necesario requerir al trabajador que ya haya finalizado su jornada de trabajo o se encuentre en un periodo de descanso, se utilizará como herramienta la llamada telefónica o contacto por aplicación de mensajería celular.
  8. Todo trabajo suplementario o de horas extras, dominicales o festivos, debe ser debidamente autorizado por la empresa.

El ejercicio del derecho a la desconexión laboral no se verá afectado ni desconocido cuando quiera que el trabajador se encuentre reponiendo tiempo por permisos laborales.

Mecanismos para que los trabajadores puedan presentar quejas:

Las quejas frente a la vulneración del derecho a la desconexión laboral pueden ser dirigidas al correo electrónico comitéconvivencia@transroca.com.co o a través de la página Web a la cual podrá acceder através de: https://transroca.com.co/contacto-comite-convivencia/.

Procedimientos para la recepción y atención de quejas:

Las quejas relacionadas con la posible vulneración del derecho a la desconexión laboral, deberán darse a conocer, ya sea a nombre propio o de forma anónima al Comité de Convivencia, quién evaluará el caso y procederá conforme a lo dispuesto en los artículos 82 y 83 del reglamento interno de trabajo de TRANSTURISMO ROCA S.A.S., con base en lo cual  se podrán tomar medidas que van desde la aplicación de sanciones o convenir los planes de mejora o de compromiso propuestos por el comité con la(s) persona(s) responsable(s).

En TRANSTURISMO ROCA S.A.S., comprometidos con la protección de la salud, integridad y seguridad de nuestros trabajadores, contratistas, clientes y demás partes interesadas, y en cumplimiento con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) y la normativa vigente especialmente el Decreto 1079 de 2015 y la Resolución 1843 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social, adoptamos esta política.

Nuestro objetivo es garantizar espacios laborales saludables, seguros y libres de consumo de sustancias psicoactivas, a través de estrategias de prevención, educación, control y sensibilización que contribuyan al bienestar físico, mental y social de nuestro equipo y al cumplimiento normativo.

Directrices de Obligatorio Cumplimiento:

Prohibición de Tabaco: Está estrictamente prohibido fumar o consumir tabaco en cualquiera de sus formas dentro de las instalaciones, zonas comunes, vehículos de la empresa, vehículos de clientes o en cualquier espacio asignado a la operación.

El uso de vapeadores, cigarrillos electrónicos y demás dispositivos que emitan aerosoles o sucedáneos del tabaco está prohibido en las instalaciones, vehículos y demás espacios de trabajo de la empresa, por estar incluidos dentro de los ambientes 100% libres de humo y aerosoles establecidos por la normatividad vigente

 Prohibición de Alcohol y Sustancias Ilícitas: Se prohíbe rigurosamente la tenencia, consumo, distribución o comercialización de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas ilícitas. Esto aplica dentro de las instalaciones de la empresa, durante el desarrollo de las funciones laborales y en todos los vehículos propios, afiliados o en convenio que presten servicios a nombre de TRANSTURISMO ROCA S.A.S.

Presentación a Laborar: Ningún trabajador, contratista o tercero puede presentarse a laborar bajo los efectos del alcohol o cualquier sustancia psicoactiva. De acuerdo con el artículo 24 de la Resolución 1843 de 2025, la empresa podrá aplicar pruebas de detección al personal cuyas funciones impliquen riesgo para sí mismos o para terceros.

Pruebas de Detección: Se implementarán pruebas de alcoholimetría y consumo de sustancias psicoactivas con carácter preventivo con base en lo establecido en el Decreto 1079 del Ministerio de Transporte. Estas pruebas se dirigirán especialmente a conductores y personal de apoyo cuyas labores impliquen riesgo. Se aplicarán conforme a nuestro procedimiento interno, utilizando equipos calibrados y personal capacitado. En caso de que una prueba sea positiva, se realizará una prueba confirmatoria en sangre u orina, según corresponda, por parte de un profesional de salud ocupacional en un laboratorio clínico toxicológico, según la Resolución 1843 de 2025. Adicionalmente, TRANSTURISMO ROCA S.A.S. exhortará al trabajador a iniciar un proceso de tratamiento a través de la EPS a la cual se encuentre afiliado o quien haga sus veces según la legislación vigente en la materia.

Manejo de la Información: Los resultados obtenidos en las pruebas de detección serán tratados bajo los principios de confidencialidad, conforme a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y la legislación vigente en la materia.

Uso Indebido de Medicamentos: La utilización indebida de medicamentos formulados, o la posesión y uso indebido de drogas no recetadas, alucinógenos o enervantes en el entorno laboral, será considerada una falta grave.

Comunicación y Sensibilización: TRANSTURISMO ROCA S.A.S. implementará comunicaciones y campañas continuas de prevención vial enfocadas en cero tolerancia a la conducción bajo los efectos del alcohol y sustancias psicoactivas. Además, se desarrollarán campañas específicas dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para fomentar la prevención y el control de la farmacodependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a todos los trabajadores.

El incumplimiento de esta política, incluyendo la negativa a realizarse una prueba de alcoholimetría o de consumo de sustancias psicoactivas, o un resultado positivo confirmado, reiterado y no justificado en dichas pruebas, se considerará justa causa para la terminación del contrato. Esta medida se fundamenta en el alto riesgo que la conducción representa para la seguridad de los usuarios y demás actores viales, y en el aumento drástico de la accidentalidad asociado al consumo de estas sustancias. La aplicación de esta disposición se hará conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo y el Código Sustantivo del Trabajo. En el caso de los conductores afiliados o en convenio, implicará la solicitud formal de cambio de conductor al propietario del vehículo.

Ningún colaborador ni trabajador de una vinculada bajo convenio de colaboración empresarial, podrá operar vehículos o cualquier medio de transporte bajo los efectos del alcohol, alguna sustancia psicoactiva o medicamento que pudiera afectar su capacidad para trabajar de manera segura.

TRANSTURISMO ROCA S.A.S. garantizará los recursos técnicos, humanos y financieros necesarios para el cumplimiento, difusión, seguimiento y mejora continua de esta política.

Código de ética y conducta SARLAFT

Participación en el Simulacro de Preparación para Emergencias Distritales

El Simulacro Distrital de Preparación, es un ejercicio que busca incrementar las capacidades de las comunidades, instituciones educativas, organizaciones, empresas y entidades privadas y públicas para probar las capacidades de respuesta, mejorarlas y sensibilizar a los habitantes de la ciudad. Este esfuerzo colectivo apunta a una ciudad más conocedora frente al riesgo de desastres, con capacidades de respuesta por parte de todos los actores para el manejo, antes, durante y después de una emergencia.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.